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¿Trabajas el 9 junio? Ejerce tu derecho al voto en las elecciones europeas sin pérdida económica
Normas para facilitar el derecho al voto a personas trabajadoras que no disfruten de descanso semanal. Tiempo retribuido para votar en las Elecciones al Parlamento Europeo. 9 de junio de 2024
04.05.24 | Navarra
Resolución 319/2024
Permisos retribuidos para las personas trabajadoras que participen como electoras:
- Cuyo horario de trabajo no coincida con el de apertura de las mesas electorales, o lo haga por un periodo inferior a dos horas: no tendrán derecho a permiso retribuido.
- Cuyo horario de trabajo coincida en dos o más horas y menos de cuatro con el horario de apertura de las mesas electorales: disfrutarán de permiso retribuido de dos horas.
- Cuyo horario de trabajo coincida en cuatro o más horas y menos de seis con el horario de apertura de las mesas electorales: disfrutarán de permiso retribuido de tres horas.
- Cuyo horario de trabajo coincida en seis o más horas con el horario de apertura de las mesas electorales: disfrutarán de permiso retribuido de cuatro horas.
- Cuya prestación de trabajo deba realizarse el día 9 de junio de 2024, lejos de su domicilio habitual o en otras condiciones de las que se derive la dificultad para ejercer el derecho de sufragio dicho día, tendrán derecho a que se sustituya el permiso anterior por un permiso de idéntica naturaleza.
- Personas contratadas a tiempo parcial, la duración del permiso antes reseñado se reducirá en proporción a la relación entre la jornada de trabajo que desarrollen y la jornada habitual de las contratadas a tiempo completo en la misma empresa.
¡OJO! Corresponderá a la Administración determinar cuándo se puede disfrutar de esas horas
Permiso retribuido para personas trabajadoras que ostenten la presidencia o vocalía de las Mesas Electorales, interventoras y apoderadas.
- Presidencia, vocalía o interventor: Derecho a permiso retribuido durante toda la jornada laboral correspondiente al día de la votación, y de cinco horas en la jornada correspondiente al día inmediatamente posterior.
- Cuando se trate de Apoderadas el permiso solo corresponderá a la jornada correspondiente al día de la votación.
Las reducciones de jornada.
- Serán retribuidas, sirviendo como justificación adecuada, la presentación de certificación de voto o, en su caso, la acreditación de la mesa electoral correspondiente.
¡IMPORTANTE!
No olvides la CERTIFICACIÓN DE VOTO correspondiente de la mesa electoral
Lee con detalle la Resolución 319 adjunta (BON instrucciones) para cualquier duda relacionada con los supuestos relacionados con permisos retribuidos el día de las Elecciones al Parlamento Europeo.
Normativa
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