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SATSE presenta nuevas alegaciones al proyecto de RD que regulará la actividad sanitaria en los servicios de prevención

El Sindicato de Enfermería ha podido acceder al borrador de RD y así comprobar cómo mientras que algunas de las alegaciones que presentó en el mes de julio han sido tenidas en cuenta, sigue siendo necesario puntualizar determinadas cuestiones. Así, SATSE ha mostrado su oposición a la reducción del personal en los rangos de dotación mínima de profesionales sanitarios por número de trabajadores.

La semana pasada el Ministerio de Sanidad y Política Social y el Ministerio de Trabajo e Inmigración iniciaron el trámite de audiencia del nuevo real decreto por el que se establecen los requisitos técnicos y condiciones mínimas para la autorización y seguimiento de la actividad sanitaria de los servicios de prevención de riesgos laborales. El Sindicato de Enfermería ha podido acceder al borrador de este documento y así comprobar cómo mientras que algunas de las alegaciones que presentó en el mes de julio han sido tenidas en cuenta, sigue siendo necesario puntualizar determinadas cuestiones.

Así, SATSE ha mostrado su oposición a la reducción del personal en los rangos de dotación mínima de profesionales sanitarios por número de trabajadores. Para el sindicato, la existencia de un solo profesional de enfermería por cada 1.000 trabajadores ya es excesiva, más aún si además se reduce a uno por cada 2.000 como pretende el Gobierno. Por otra parte, SATSE ha pedido que en el caso de tratarse de actividades o procesos peligrosos o con riesgos especiales, el número de trabajadores por Unidad Básica de Salud (UBS) sea inferior a 1.000 trabajadores.

El sindicato solicita al Secretario General de Sanidad que tenga en cuenta sus alegaciones, también remitidas a la Subsecretaría de Trabajo e Inmigración del Ministerio de Trabajo e Inmigración, para poder alcanzar un marco jurídico que posibilite una adecuada vigilancia de la salud de los trabajadores y que ésta la realicen los profesionales sanitarios con la titulación adecuada. De hecho, SATSE critica que el RD establece como director técnico al especialista en medicina del trabajo o diplomado en medicina de empresa, restringiendo el acceso a este puesto al enfermero especialista en enfermería del trabajo y pide que el contenido de la actividad a desarrollar por los servicios sanitarios de los servicios de prevención incluya las competencias profesionales adquiridas por los enfermeros especialistas.

Igualmente, SATSE ha mostrado su desacuerdo con el artículo 4.5 según el cual, en aquellos servicios de prevención de riesgos laborales habilitados para la formación de enfermeros especialistas en Enfermería del Trabajo, éstos computarán a partir del segundo año de formación, como recurso sanitario. El sindicato indica que estos profesionales son estudiantes y que para ejercer la profesión y ocupar puestos de trabajo como enfermero del Trabajo es necesario estar en posesión del correspondiente título.

Finalmente, el sindicato considera que es necesaria la creación de una historia clínica laboral de la población activa, que otorgue una adecuada vigilancia de la salud en el entorno de trabajo y que ofrezca una perspectiva más amplia a los profesionales en el diagnóstico y tratamiento.

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